sábado, 12 de enero de 2008

CAOS CONSTITUCIONAL

Foto El Trome
Cómo un latrocinio cometido por el Estado peruano provoca un lío constitucional de resultados impredecibles.

“¡Se ha convertido usted en un rebelde del Tribunal Constitucional!”, le enrostró la periodista Rosa María Palacios, al presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez, en una entrevista por televisión, el miércoles 9, en torno al caso del reclamo de la Asociación de Fonavistas del Perú.
“¿Por qué no acata usteddddd los fallos del TC?”, le preguntó a continuación con mucha sonoridad y énfasis la reportera, antes que Mendoza Ramírez, sin convencer fehacientemente explicara la posición del JNE en dicha materia.
Lo que no mencionó a lo largo de la entrevista fue que en ese mismo momento en sus oficinas (casi a la medianoche) ya estaba lista la Resolución Nº 004-2008-JNE donde el máximo organismo electoral reculaba de sus posturas iniciales de un abierto enfrentamiento con el TC, que había durado toda la semana.

En esta nueva resolución el JNE “coincidía con el Tribunal Constitucional al reconocer que la solución definitiva al reclamo de la Asociación de Fonavistas del Perú pasa por la formación de una comisión de trabajo con participación de los propios fonavistas, para lo cual se invoca al Poder Ejecutivo y al Congreso de la República atender dicha problemática”.

Para llegar a este punto el enfrentamiento JNE-TC ya había alcanzado hasta las altas cumbres de la política nacional a raíz de las dos resoluciones del Tribunal Constitucional, que favorecían las demandas de los fonavistas en el sentido de solucionar el impasse a través de un referéndum que el JNE debía acatar y organizar.

Aguas movidas

En realidad las desavenencias entre estos dos organismos autónomos y constitucionales habían comenzado desde el 21 de diciembre último cuando el JNE dictó la resolución Nº 260-2007 precisando que de acuerdo con el artículo 32 de la Constitución, no procedía convocar el referéndum promovido por los fonavistas.

De esta manera el ente electoral se había declarado en rebeldía al no acatar y ejecutar las sentencias 1078-2007-PA/TC y 3283-2007-PA/TC que el Tribunal Constitucional había dictaminado unos días antes durante el mes de diciembre del 2007.

El ambiente político se movió desde entonces, pero las cercanías de las fiestas navideñas y de Año Nuevo amainaron los temperamentos.

Así en este escenario, apenas se restañaron los estragos de las celebraciones, la bancada oficialista con el presidente de la Comisión de Constitución, Javier Velásquez Quesquén y el secretario general del APRA, Mauricio Mulder, a la cabeza, comenzaron a promover una corriente al interior del Congreso para delimitar las funciones del Tribunal Constitucional.

Esta postura les generó serias fricciones con el propio gobierno y de manera especial con el presidente del Consejo de Ministros, Jorge del Castillo, quien trataba que el pleito JNE-TC no generara más un ambiente de discordia nacional.

En esas circunstancias el TC dictó su segunda y última sentencia el 7 de enero donde se ratifica y expresa que debe ser el Juez, quien debe disponer al JNE el cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, cosa que no ha ocurrido y señala que lo resuelto por el JNE con fecha 21 de diciembre del 2007 y el procedimiento que tomó resultan nulos de pleno derecho.

Latrocinio estatal

Todo este intríngulis legal constitucional trató de ser resumido a inicios de semana por el congresista Javier Valle Riestra, del siguiente modo: “El caso FONAVI ha revelado la existencia de una crisis estructural y constituyente en el Perú, pues el TC ha hipertrofiado sus funciones”.

En declaraciones a una radio limeña Valle Riestra abogó porque se busque una fórmula distinta al referéndum pues este se puede convertir en caótico.

Aceptó sin embargo que “nadie discute que el Estado peruano cometió latrocinio en agravio de los fonavistas y está obligado a reintegrar de alguna forma los aportes de los que fueron despojados los perjudicados tras contribuir a este fondo durante muchos años”.

El tema de fondo de la discusión JNE-TC es que el primero considera que el aporte de los fonavistas es un tributo y por tanto no se puede resolver mediante referéndum.

El segundo, en cambio dice lo contrario: “las contribuciones de los trabajadores al FONAVI no constituyen tributos desde el 30 de junio de 1979 hasta el 31 de agosto de 1998, conforme a la Ley Nº 26969 de fecha 21 de agosto de 1998; puesto que no se cumplía con el principio de legalidad y reserva de la ley, que establece el artículo 74º de la Constitución para que sea considerado como tal”.

Como los dos organismos en conflicto ya se pronunciaron, tendrá que ser el Parlamento y el Ejecutivo, incluido los demandantes, quienes se sienten a resolver el “modus operandi” del conflicto.

Cultura del perro muerto

Pero todo ello ha levantado suspicacias colectivas y muchos han recordado que se ha llegado hasta este nivel de caos constitucional y jurídico, a causa del propio Estado, donde casi todos los gobiernos han instalado una especie de “cultura del perro muerto”, cuando de demandas justas y legales se trata.

Esta vez el Estado, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, dispuso de fondos que no le pertenecían, de más de seis millones de fonavistas, de cuyo universo solo se habrían beneficiado apenas unos 200 mil a través de créditos para viviendas o en sorteos de viviendas multifamiliares, según la Asociación de Fonavistas del Perú.

Es decir, apenas el 4% de fonavistas fueron los beneficiarios del Fondo y el 96%, restante no recibió nada. En palabras simples, el Estado les tiró “perro muerto”.

Esta es la gran contradicción que encuentran muchos analistas, pues mientras el Estado se esmera en pagar ahora las deudas en el exterior, al interior tiene que producirse una larga lucha de más de ocho años, como es el caso de los fonavistas, para recién tratar de enderezar los entuertos.

De allí que el presente régimen deberá poner las barbas en remojo e hilar fino en Economía y Finanzas si no quiere que le ocurra como en otros casos, como por ejemplo el Decreto de Urgencia 033-2005, para sentencia del Tribunal Constitucional, o con el tema de los 61 millones de soles que corresponde al Fondo de Contingencia que era para la homologación de los maestros universitarios y que el gobierno se ha hecho el sueco y hasta ahora no ha desembolsado nada.